Regulaciones y políticas

Es hora de que la SEC se conforme con Coinbase y Ripple

En cada litigio importante, llega un momento en que te das cuenta de que es hora de llegar a un acuerdo. Un fallo no sale como usted quiere, un miembro del jurado mira de soslayo a su equipo legal, el juez deja en claro que es hora de una conferencia de conciliación. Tras la decisión de la jueza Analisa Torres en SEC v. Ripple, ha llegado el momento de que la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos resuelva el resto de su caso contra Ripple Labs, así como su caso contra Coinbase.

El ataque de la SEC a las criptomonedas ha utilizado una definición legal flexible de lo que constituye un valor que debe registrarse en la SEC bajo una prueba legal establecida por la Corte Suprema en el caso de 1946 SEC v. Howey. A lo largo de la mayor parte de su historia, la SEC utilizó esta herramienta para perseguir fraudes y estafas con poca realidad económica detrás de ellos. Puede comprender por qué los jueces tendieron a otorgar a la SEC el beneficio de la duda e hicieron que la prueba fuera cada vez más flexible en una serie de casos de estafa históricos. El uso de esta prueba flexible para adjuntar proyectos criptográficos legítimos es diferente y, en última instancia, deja proyectos criptográficos sin forma de registrarse.

Torres dictaminó que las ventas a inversores minoristas del token XRP (XRP) no estaban necesariamente vinculadas a los esfuerzos empresariales de Ripple como empresa y, por lo tanto, falló un elemento de la prueba de Howey. Este es un giro criptográfico único en la prueba de Howey. Vincular la inversión a los esfuerzos empresariales de quienquiera que venda el interés será más difícil en cripto porque los tokens no representan un interés de capital en el emisor. Por lo tanto, el comprador de un token criptográfico no está tan vinculado a los esfuerzos del fundador de una nueva cadena de bloques como los inversores de capital en las empresas tradicionales.

Relacionado: La Corte Suprema podría detener la guerra de la SEC contra las criptomonedas

Esto pone patas arriba el caso de la SEC contra Coinbase, y Coinbase lo sabe. Envió un fuerte mensaje a la SEC cuando Coinbase volvió a listar el token XRP pocas horas después de la decisión de Torres. Esta victoria fue solo una victoria parcial, pero hace que sea muy difícil para la SEC apuntar a mercados secundarios en valores criptográficos como el comercio secundario en la plataforma de Coinbase.

Todo este análisis ni siquiera comienza a explorar los desafíos que enfrentará la SEC con la Corte Suprema ansiosa por reinar en las agencias administrativas con la doctrina de preguntas importantes en evolución que podría reducir drásticamente la guerra de la SEC contra las criptomonedas.

El mejor movimiento de la SEC ahora es llegar a un acuerdo y hacer un trato con Coinbase. Coinbase ya extendió la rama de olivo a la SEC hace un año al presentar una solicitud de reglamentación para crear un proceso de cotización adaptado para los criptoactivos. Sugerí lo mismo unos seis meses antes, después de una audiencia del comité asesor de inversores de la SEC, que yo dirigí. El comité descubrió que los tokens criptográficos no podían registrarse de manera factible en la SEC sin la adaptación del proceso de listado.

No faltan abogados de criptos listos para trabajar con la SEC para encontrar un régimen regulatorio adaptable para tokens criptográficos. Hay cientos de abogados de valores que son ex alumnos de la SEC o ex alumnos de grandes leyes que trabajan en criptografía en este momento que podrían ayudar a la SEC a adaptar sus reglas de la misma manera que la SEC ha adaptado sus reglas en el pasado para valores respaldados por activos, sociedad limitada maestra, fideicomisos de inversión inmobiliaria y docenas de otros activos híbridos y vehículos de activos.

Relacionado: La demanda está impulsando el precio de Bitcoin a $ 130K

Muchos de los requisitos de divulgación en las reglas de divulgación de la SEC sobre las juntas directivas, la compensación ejecutiva, las propuestas de los accionistas y los estados financieros simplemente no se ajustan a los proyectos criptográficos. ¿Quién “registraría” Ethereum hoy? No tiene directorio ni director ejecutivo.

¿Qué activos y pasivos estarían en el balance de una entidad que presenta documentos sobre Ethereum, dado que ninguna entidad controla realmente la bien descentralizada cadena de bloques de Ethereum? Nada de eso está claro.

Y las cosas que los compradores de criptoactivos quieren saber, como la tokenómica o las auditorías de la seguridad de la cadena de bloques o los contratos inteligentes que subyacen a los intercambios de finanzas descentralizadas (DeFi), no se mencionan en las reglas de divulgación de la SEC.

El juego de la gallina que la SEC ha estado jugando con Coinbase y Ripple debe terminar porque la SEC está a punto de salirse del camino. Hay un mejor camino compatible con el estado de derecho. Es hora de que la SEC trabaje con abogados especializados en criptografía para desarrollar un régimen de divulgación y listado de activos criptográficos que funcione y abandone los alegres puntos de conversación de “simplemente entre y regístrese”. Este enfoque alternativo protegerá mejor a los compradores de criptoactivos.

JW Verret es profesor asociado en la Facultad de Derecho Antonin Scalia de la Universidad George Mason. Es un contador forense criptográfico practicante y también practica la ley de valores en Lawrence Law LLC. Es miembro del Consejo Asesor de la Junta de Normas de Contabilidad Financiera y ex miembro del Comité Asesor de Inversores de la SEC. También dirige Crypto Freedom Lab, un grupo de expertos que lucha por un cambio de política para preservar la libertad y la privacidad de los desarrolladores y usuarios de criptografía.

Este artículo es para fines de información general y no pretende ser ni debe tomarse como asesoramiento legal o de inversión. Los puntos de vista, pensamientos y opiniones expresados ​​aquí son solo del autor y no reflejan ni representan necesariamente los puntos de vista y opiniones de Cointelegraph.



Fuente